Preguntas Frecuentes – Registro Único de Residencia

1. ¿Qué es el Registro Único de Residencia?

Conforme a lo estipulado en el artículo 75.1 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, el REGISTRO ÚNICO DE RESIDENCIA consiste en un padrón en donde se registra la residencia de las personas naturales, nacionales o extranjeras, en el territorio ecuatoriano.

2. ¿Qué se entiende por Residencia?

Conforme a lo estipulado en el artículo 75.2 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, se entenderá como RESIDENCIA al lugar habitual de morada o habitación de un individuo, independientemente del derecho de domino, uso, usufructo o habitación que ejerza la persona respecto del inmueble en el que mora o habita; o de su calidad de arrendatario del mismo.

3. ¿Quién debe solicitar el registro de residencia?

Según la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles en su artículo 75.3, deben solicitar todas las personas naturales mayores de edad, nacionales o extranjeras que tengan su residencia en territorio ecuatoriano.
Las personas mayores de edad deben registrar a sus dependientes, como niños, niñas, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad.

4. Requisitos para el proceso de Registro Único de Residencia

  • Cédula de identidad física
  • Planilla del servicio eléctrico (Número CUEN)
  • Número de cédula de identidad de los dependientes a los cuales se va a registrar
  • Fecha de nacimiento de los dependientes a registrar

5. ¿Dónde puedo realizar el proceso de Registro Único de Residencia?


Canal virtual: A través de virtual.registrocivil.gob.ec, ingresando a la opción de Registro Único Residencia, las 24 horas del día los 365 días del año.
Canal presencial: Acercándose a las oficinas a nivel nacional de Registro Civil, de lunes a viernes en horario laborable.

6. ¿Cuál es el plazo para actualizar el Registro Único de Residencia?

El plazo para registrar o actualizar el Registro de Residencia es de máximo 30 días hábiles, a partir del cambio de domicilio.

7. ¿Cuáles son los beneficios de generar el Registro?

  • Impulsar proyectos de las instituciones públicas en beneficio de la ciudadanía.
  • Elaboración del padrón electoral, para fines estadísticos y para el acceso a servicios públicos.
  • Reemplazar el requisito de la factura de un suministro de servicio básico necesario para realizar cualquier trámite público o privado, por el documento de registro Único de Residencia, el cual además, aportará a la simplificación de trámites ciudadanos.

8. En el caso de que no pueda realizar el registro único de residencia mediante la agencia virtual, ¿qué debo hacer?

Puede realizarlo de manera presencial en la agencia más cercana, lleva tu planilla de luz.

9. No sé cómo registrar el registro único de residencia en el sistema, me pueden guiar de qué debo hacer.

En la plataforma YouTube te mostramos el paso a paso de cómo debes acceder para adquirir tu registro de residencia.
Link: https://www.youtube.com/watch?v=g5kRRmoX5ls

10. ¿Si soy ecuatoriano y vivo en el extranjero, es necesario el Registro de Residencia para contraer matrimonio?

No es necesario ya que no cuenta con una residencia en territorio ecuatoriano.